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Inclusión de obligaciones de servicios públicos domiciliarios en procedimiento de insolvencia de persona natural no comerciante: SSPD

Escrito por  Nov 18, 2024

La apertura del trámite de insolvencia económica puede obligar a reconectar el servicio si este ha sido suspendido por falta de pago, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas. Esto se debe a que la ley protege el acceso a servicios públicos esenciales durante el proceso de insolvencia.

La posibilidad de relacionar a un acreedor de suministro de energía eléctrica depende de la legislación vigente y de las condiciones contractuales establecidas. Es importante revisar las normativas aplicables y los términos del contrato de servicios públicos para determinar los derechos y obligaciones de las partes involucradas.

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Modificado por última vez en Domingo, 17 Noviembre 2024 20:29