En el presente concepto la SSPD aborda la regulación y supervisión de los prestadores de servicios públicos domiciliarios en Colombia, indicando que estas empresas deben inscribirse en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos (RUPS) una vez inicien sus actividades. La inscripción no otorga autorización para operar, sino que es un requisito para que la Superintendencia pueda ejercer su función de control.
Se enfatiza que la omisión de esta inscripción puede resultar en sanciones administrativas. Además, se detalla que las empresas deben cumplir con las normativas legales y reglamentarias pertinentes, y que la Superintendencia obtiene información a través de registros y auditorías, asegurando así la protección del consumidor y el cumplimiento de estándares.
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