Las facturas provisionales son documentos que emiten los prestadores de servicios públicos para permitir a los usuarios realizar el pago de las sumas que no están en disputa o que no han sido objeto de reclamación. Esto significa que, si un usuario presenta una queja o reclamación sobre ciertos valores de su factura, puede solicitar al prestador que le emita una factura provisional que excluya esos valores en disputa, permitiéndole así pagar solo lo que reconoce como debido. Esto está en línea con lo establecido en el artículo 155 de la Ley 142 de 1994, que prohíbe a los prestadores exigir el pago de la factura completa como condición para atender la reclamación.
Por otro lado, el término “cuentas protegidas” se refiere a una situación en la que la cuenta de un usuario está bajo algún tipo de restricción o protección, lo que puede impedir que se realicen ciertos trámites, como la emisión de facturas provisionales. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si hay un proceso administrativo en curso o si la cuenta tiene algún tipo de irregularidad que impide su normal funcionamiento. En este contexto, el usuario puede verse limitado a recibir solo comprobantes de pago, sin la especificación de los valores que debe abonar.
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