La Corte aprobó la ratificación de la Convención de Singapur sobre Mediación Internacional, con énfasis en su compatibilidad con la Constitución. Sin embargo, surgieron preocupaciones sobre la aplicación de la Convención a acuerdos en los que participe el Estado, lo que llevó a la necesidad de establecer reservas para proteger el patrimonio público y asegurar el control judicial. La falta de un marco regulatorio sobre mediación en el país podría comprometer la legalidad y el interés público. La Corte reafirmó que el control de constitucionalidad es esencial para garantizar que las obligaciones internacionales sean compatibles con el ordenamiento jurídico colombiano, lo que permite equilibrar la promoción de la mediación con la protección de los derechos colectivos.