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Consideraciones de la DIAN sobre la tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales

Escrito por  Abr 11, 2024

En materia del impuesto sobre la renta y complementarios, los dividendos distribuidos por una sociedad canadiense a una sociedad colombiana, que controla el 100% de las acciones con derecho a voto, están gravados a la tarifa de que trata el artículo 240 del Estatuto Tributario. Teniendo en cuenta lo anterior, los dividendos distribuidos por una sociedad canadiense a una sociedad colombiana están sometidos a la tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las personas jurídicas (i.e. 35% para el año gravable 2023).

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Modificado por última vez en Miércoles, 10 Abril 2024 20:59