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Concepto de la ANT sobre la adjudicación de tierras conjunta

Escrito por  Dic 10, 2020

A través de concepto la ANT reiteró que, el artículo 25 del Decreto-Ley 902 de 2017 prevé dos hipótesis de adjudicación conjunta: una de carácter forzoso, vinculada a la titulación para cónyuges, compañeros permanentes y las formas alternas de constitución de familia, y otra voluntaria, relacionada con la adjudicación en común

y proindiviso a favor de múltiples personas o núcleos familiares, que solo procede a pedido de organizaciones campesinas y asociaciones de economía solidaria.  En el caso de las adjudicaciones conjuntas en favor de cónyuges, compañeros permanentes y las formas alternativas de familia, la función asociada al conocimiento y decisión sobre el reconocimiento o asignación de derechos, dependerá de si el predio se encuentra o no en una zona focalizada.

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