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CRA aclaró disposiciones relacionadas con los indicadores de cumplimiento de metas, que hacen parte de la Dimensión Gestión Tarifaria (GT) para mercados regionales declarados y no declarados

Escrito por  Feb 21, 2024

A través del presente concepto la Entidad indicó que bajo el supuesto de tratarse de un mercado regional declarado, se debe tener presente lo establecido en el artículo 2.1.3.2.2.3. de la Resolución CRA 943 de 2021 que hace referencia a que las “Metas del mercado regional. Las personas prestadoras que opten por aplicar el presente Subtítulo deberán establecer metas anuales para cada una de las APS, durante el plazo de duración del mercado regional (…)”

Por su parte, para un mercado regional no declarado según lo dispuesto en el artículo 2.1.3.2.3.1. de la Resolución CRA 943 de 2021 sobre metas de los esquemas regionales de prestación “Las personas prestadoras que atiendan en un esquema regional de prestación y que decidan unificar los costos de prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, deberán mantener o mejorar las metas y gradualidad proyectadas para cada una de las APS que hacen parte del esquema regional sobre las cuales el prestador decide unificar costos, dependiendo del segmento y metodología tarifaria que le sea aplicable.”

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Modificado por última vez en Martes, 20 Febrero 2024 23:23