El objeto del amparo no era otro que garantizar que los diseños, estudios, planos, etc., que una vez entregados cumplieran con los estándares exigidos, que fue lo que declaró y sobre lo cual se defendió la parte actora.
Después de vencido el plazo de ejecución del contrato de consultoría, en el que la parte actora (R.M.R. Construcciones S.A.) debía elaborar el diseño arquitectónico y demás diseños y estudios técnicos para la construcción, adecuación y dotación de la Escuela de Cadetes de la Policía General Santander, en Tabio, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, mediante Resolución declaró el incumplimiento del contrato e hizo efectivo el amparo de calidad de la garantía única de cumplimiento.
El objeto del amparo no era otro que garantizar que los diseños, estudios, planos, etc., que una vez entregados cumplieran con los estándares exigidos, que fue lo que declaró y sobre lo cual se defendió la parte actora.