y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuestales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la persona prestadora del servicio, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario” Así fue dispuesto por la CREG a través de la publicación de un concepto. Por otra parte, la CREG se abstiene de pronunciarse sobre si Ecopetrol está habilitado o facultado para subsidiar las acometidas y/o los centros de medición y/o las instalaciones internas de forma parcial o total.