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Pronunciamiento de la CREG sobre la posibilidad que tiene ECOPETOL para subsidiar acometidas, medidores e instalaciones internas en proyectos de electrificación rural

Escrito por  Dic 08, 2020

“Con el propósito de incentivar la masificación de estos servicios las empresas prestatarias de los mismos otorgarán plazos para amortizar los cargos de la conexión domiciliaria, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso, los costos de conexión domiciliaria, acometida

y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuestales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la persona prestadora del servicio, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario” Así fue dispuesto por la CREG a través de la publicación de un concepto. Por otra parte, la CREG se abstiene de pronunciarse sobre si Ecopetrol está habilitado o facultado para subsidiar las acometidas y/o los centros de medición y/o las instalaciones internas de forma parcial o total.

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Modificado por última vez en Martes, 08 Diciembre 2020 15:45