Los actores promovieron proceso de reparación directa por la muerte de un joven ocurrido como consecuencia de un accidente de tránsito, el cual, según se dijo, fue provocado por la falta de señalización de unos materiales de una obra pública que se realizaba sobre una calle del municipio de Pelaya. En primera instancia, se negaron las pretensiones invocadas, decisión que fue confirmada en sede de apelación y contra la que se impetró recurso extraordinario de revisión. La Sala declara infundado el recurso, al considerar que las causales de revisión son taxativas y no admiten interpretaciones extensivas.