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Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios resolvió inquietudes referentes al pago de subsidios de agua potable y saneamiento básico

Escrito por  Ago 28, 2023

“El fundamento principal para la aplicación de subsidios y el pago de contribuciones en materia de servicios públicos, se encuentra contenido en los artículos 367 y 368 de la Constitución Política, que aluden a la aplicación del principio de solidaridad y redistribución de ingresos. Los prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, en conjunto con los municipios y distritos, deben llevar a cabo la metodología para la determinación del equilibrio de subsidios y contribuciones que se prevé en el artículo 2.3.4.2.2 del Decreto 1077 de 2015…”.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Agosto 2023 10:10