“Los dineros que cobra por la expedición de las tarjetas profesionales se asimilan a los gravámenes denominados “tasas”, cuya finalidad se debe circunscribir al cubrimiento de los gastos y las inversiones que permitan el ejercicio de las funciones públicas asignadas. Las tasas
tienen la naturaleza de recursos públicos que por mandato legal administra el Colegio Colombiano de Psicólogos, COLPSIC, que es una agremiación privada, que coadyuva con el estado en el ejercicio de una función pública, pero ello no le cambia ni modifica su carácter privado”.
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