trabajadores, empresas de servicios temporales o los denominados out soursing para el cubrimiento de necesidades permanentes o recurrentes de las entidades. El uso discriminatorio de contratos de prestación de servicios constituye una violación sistemática de la constitución, presentándose como una afectación a la regla general, cual es el de la carrera administrativa como instrumento esencial para que el mérito sea la única regla de acceso y permanencia en la función pública. El control fiscal al contrato estatal se realiza una vez agotados los trámites administrativos de legalización de los contratos, y en tal virtud, analiza el proceso de selección para efectos de verificar el cumplimiento de los procedimientos legales y adelantar las acciones a que haya lugar”.