cual, en el parágrafo del artículo 5.3.2.3.73 de la Resolución CRA 943 de 2021, prevé lo relacionado con la acreditación de la desocupación del inmueble.
Una vez acreditada la desocupación del inmueble conforme a lo previsto en las normas citadas y explicadas en este concepto, la persona prestadora del servicio público de aseo deberá tomar todas las medidas necesarias para que el suscriptor cancele únicamente el valor correspondiente a la tarifa del inmueble desocupado, de conformidad con la fórmula de cálculo que se fija en la presente resolución. La acreditación de la desocupación del inmueble tendrá una vigencia de tres (3) meses, al cabo de los cuales deberá presentarse nuevamente la documentación respectiva ante la persona prestadora del servicio público de aseo.