los intereses devengados a favor de terceros independientes, del año inmediatamente anterior al de la fecha de liquidación. De este modo, la base gravable será igual a costos y gastos totales depurados multiplicado por el total de ingresos de las actividades ordinarias y las complementarias sujetas a regulación devengados en el período y divididas por el total de ingresos de actividades ordinarias devengados en el período. Al dividir los ingresos por actividades reguladas entre el total de los ingresos del periodo, da como resultado un cociente que refleja el nivel de ingresos de las actividades reguladas frente al total de ingresos que tiene un agente regulado. Esta variable muestra el peso que tiene la actividad regulada en la actividad total del sujeto pasivo y se define como factor de ingresos”.
“Con base en lo expuesto, dentro de la base gravable de la contribución especial para la vigencia 2020 de AGUAS DE MALAMBO S.A. E.S.P., se incluyeron los conceptos contables permitidos, es decir, los costos y gastos totales devengados de acuerdo con la técnica contable menos los impuestos, tasas, contribuciones y los intereses devengados a favor de terceros independientes, del año inmediatamente anterior al de la fecha de liquidación, denominado costos y gastos totales depurados”.