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CE señaló que la E.S.E. La Buena Esperanza de Yumbo incurrió en una falla del servicio derivada de un error de diagnóstico por no practicar una radiografía de tórax a la paciente

Escrito por  Feb 06, 2023

La Sala reiteró lo señalado por esta Subsección, en el sentido de que cuando se advierta la ausencia de una sustentación suficiente, adecuada o material de los cargos de apelación, cuyo fundamento sean simplemente afirmaciones genéricas y vagas, sin traer a colación

argumentos para cuestionar la providencia impugnada, al superior jerárquico no le queda una opción diferente que la de confirmar el proveído apelado. En esas condiciones, la Subsección despachará de manera desfavorable este aspecto del recurso de apelación interpuesto por el Hospital La Buena Esperanza de Yumbo, dado que, aunado a que no se pronunció ni desvirtuó la existencia y los hallazgos de la consulta del 26 de marzo de 2008 en la madrugada, ninguna de sus manifestaciones sobre la debida prestación del servicio en las consultas posteriores se ocupó de indicar las razones por las cuales no le resultaba exigible ordenar la práctica del examen que echó de menos el Tribunal a quo.

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Modificado por última vez en Domingo, 05 Febrero 2023 22:15