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Consejo de Estado no avocará el control de legalidad de acto que adopta medidas transitorias en contratos y convenios en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social

Escrito por  Ago 06, 2020

El Consejo de Estado no avocará el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución No. 607 del 24 de marzo de 2020, expedida por la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Por medio de la cual se adoptan medidas transitorias en contratos y convenios celebrados por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – Fondo de Inversión para la Paz -FIP.

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