referente a la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en esta contratación, se determinará de la forma señalada en el reglamento del organismo internacional.
A través del presente concepto se indicó que, en el evento en que la entidad decida someter el contrato a los reglamentos de los organismos internacionales, este contrato se regirá por lo dispuesto en dicho reglamento. En tal sentido, atendiendo a la consulta planteada, lo
referente a la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles involucrados en esta contratación, se determinará de la forma señalada en el reglamento del organismo internacional.