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La afiliación al SGRL a través de contrato de prestación de servicios por el término de un mes, sean públicas o privadas, que laboren en actividades de alto riesgo, no vulnera el derecho a la igualdad de quienes se vinculen por un término menor: CE

Escrito por  Oct 10, 2022

“La norma que reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios por el término de un mes, con entidades o instituciones públicas o privadas y, de los trabajadores independientes

que laboren en actividades de alto riesgo, no vulneró el derecho de la seguridad social y el derecho de igualdad de quienes se vinculen por un término menor, como tampoco de los independientes cuyos ingresos no le permitan cotizar por mes completo, ya que el artículo 193 de la Ley 1955 de 2019, creó el Piso de Protección Social que garantiza su afiliación”.

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