A través del presente concepto quedó dispuesto que, las empresas industriales y comerciales del Estado son personas jurídicas de derecho público, creadas por la Ley o autorizados por ésta, o por ordenanza departamental o acuerdo municipal, dependiendo del orden territorial al
cual pertenezcan, que cuentan con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera, e igualmente con capital independiente que puede estar representado en cuotas o acciones. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
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