especificaciones pactadas y por ello a través de actos administrativos multó al contratista, declaró el incumplimiento del contrato, hizo efectiva la cláusula penal pecuniaria y liquidó el contrato unilateralmente. El contratista pretende la nulidad de esas decisiones por falta de competencia.
La Sala declaró de oficio probada la excepción de ineptitud sustantiva de la demanda respecto de la pretensión de nulidad promovida en contra de la Resolución 61.223 de 2 de enero de 1997, por medio de la cual se impone una multa, proferida por el gerente general y el director de informática de Empresas Públicas de Medellín ESP.