comportamiento de un prestador de servicios públicos domiciliarios, es un asunto que deberá definirse por éste de acuerdo con su naturaleza jurídica. En cuanto refiere a la obligatoriedad en la actualización del manual de funciones, para el caso de los empleados de prestadores que sean empleados públicos y por tanto deban atender la actualización del manual de funciones, en el contexto de lo señalado en las normas transcritas en los considerandos del numeral 1 de este concepto, el término será de 3 meses en consideración a la Directiva Presidencial emitida el 6 de febrero de 2019.