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SSPD aclaró disposiciones sobre la conformación de empresas de servicios públicos como sociedad por acciones simplificadas

Escrito por  Jul 22, 2022

De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto, una empresa de servicios públicos que se constituya como sociedad por acciones simplificadas, deberá dar cumplimiento de manera prevalente a lo dispuesto en la Ley 1258 de 2008, es decir, que podrá constituirse por

documento privado, con uno o varios socios, sin perjuicio de la aplicación de las demás normas especiales contenidas en la citada Ley, y no requerirá de junta directiva y revisoría fiscal.

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Modificado por última vez en Jueves, 21 Julio 2022 14:57