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MinAmbiente: requisititos para la constitución y reconocimiento de Cabildos Verdes

Escrito por  Nov 04, 2020

Los cabildos verdes deben ser entendidos como una denominación que se le puede dar a las organizaciones cívicas sin ánimo de lucro cuyo objeto se encuentre relacionado con la protección del ambiente y de los recursos naturales renovables.

Los requisitos definidos para su constitución y reconocimiento, así como para la vigilancia y control, no son otros que los referidos en las mismas normas a que la consulta hace referencia, complementadas con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Ley 2150 de 1996 y su desarrollo reglamentario a través del Decreto 427 de 1996, compilado en el Decreto Único Reglamentario del sector Comercio, Industria y Turismo, No. 1074 de 2015.

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