el esfuerzo de las autoridades ambientales debe estar dirigido a intensificar las labores de seguimiento y control de hornos crematorios que operan en su jurisdicción, definir las medidas de manejo y mitigación que deberán adoptar por la parte titular del permiso para atender cualquier cambio generado sobre las condiciones en que fue otorgado el mismo y velar para que el cumplimiento de estas funciones no afecten la continuidad de los servicios de cremación.