Para la Sala, tampoco puede ordenarse el pago de las mejoras solicitado por Asocasco, dado que fueron construidas sin autorización del Municipio. “La calidad de poseedor del inmueble queda desvirtuada con la celebración del contrato de comodato, porque al suscribirlo se reconoce dominio ajeno y se acepta que sobre el mismo se ejerce tenencia a dicho título”.