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Reiteración de jurisprudencia del Consejo de Estado sobre la acción procedente en controversias de naturaleza laboral

Escrito por  May 04, 2022

La Sala reiteró que “las controversias de naturaleza laboral deben ser tramitadas a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. En asuntos como el formulado, esta Sala ha señalado que la procedencia de los medios de control en ejercicio de los cuales se deben tramitar los asuntos de conocimiento de esta jurisdicción no depende de la discrecionalidad del

demandante, sino del origen del perjuicio alegado y del fin pretendido. De modo que quienes se consideren afectados con una decisión deben manifestar su inconformidad ante la jurisdicción dentro del término previsto para cuestionarla, al punto de que, si no lo hacen, se entiende que aceptaron lo resuelto y, en esa medida, no les está dado demandar con posterioridad a través de la reparación directa”.

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