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Consejo de Estado condenó al municipio de Suesca, a pagar por concepto de perjuicios morales, cuantiosa suma al propietario de un caballo que murió al hacer contacto con un cable de energía durante una corrida de toros en este municipio

Escrito por  Feb 25, 2022

Con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, la sección Tercera se expone que dentro de las pruebas está demostrado que la Empresa de Energía de Cundinamarca, para el mes de marzo del 2002, no era la propietaria de las líneas de conducción del servicio de energía eléctrica en el municipio de Suesca.

“La Sala ha estudiado la responsabilidad civil del Estado por la conducción de la energía eléctrica conforme al título de imputación del riesgo excepcional. juicio, como esta actividad tiene como presupuesto la utilización de un elemento peligroso -la energía eléctrica- que, aunque reporta un indiscutible beneficio para la comunidad, implica un riesgo que, de concretarse, lleva a que se declare la responsabilidad estatal, si se prueba la existencia del daño y la relación de causalidad juridica entre este y el hecho de la Administración, realizado en desarrollo de esa actividad peligrosa -régimen objetivo de responsabilidad-. Según la jurisprudencia, en este evento solo se exonera de responsabilidad al demandado si acredita la ocurrencia de una causa extraña, esto es, la fuerza mayor o el hecho exclusivo de un tercero o de la víctima”.

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