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SSPD aclaró la diferencia entre "unidad habitacional" y "unidad independiente"

Escrito por  Feb 15, 2022

De acuerdo con lo dispuesto en el presente concepto y en el numeral 55 del artículo 2.3.1.1.1. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 la “Unidad Habitacional” está definida como un apartamento o casa de vivienda, con acceso a la vía pública o a las zonas comunes de un conjunto multifamiliar, a diferencia de la “Unidad Independiente” definida en el numeral 56 del mismo artículo, la cual podrá ser además un local u oficina de la misma unidad inmobiliaria.

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