A través del presente concepto se aclaró que, si entre el propietario o poseedor del inmueble, el suscriptor y los usuarios del servicio, como partes solidarias en las obligaciones y derechos resultantes del contrato de servicios públicos, se controvierte el rompimiento de la solidaridad a través de la respectiva solicitud elevada ante el prestador, se entiende que este último cuenta
con la facultad de solicitar en el trámite de la respectiva actuación administrativa los documentos o pruebas que acrediten la identificación de quienes puedan tener interés o resultar afectados con la respectiva decisión, en el marco del debido proceso.
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