Del mismo modo, el artículo 21 de la Resolución CREG 108 de 1997, lo define como cargo por conexión para los servicios de energía eléctrica y gas combustible.”
“El artículo 2.2.9 de la Resolución Compilatoria CRA 943 de 2021, señala que la antes denominada “matrícula” en los servicios de acueducto y alcantarillado, fue eliminada a partir del 1 de enero de 1999, de modo que los cobros que realicen los prestadores para conectar un inmueble o grupo de inmuebles, deben ser denominados “costos directos de conexión” o “cargos por expansión del sistema”.
Del mismo modo, el artículo 21 de la Resolución CREG 108 de 1997, lo define como cargo por conexión para los servicios de energía eléctrica y gas combustible.”