estas se reflejarán en la contabilidad de la entidad que efectuó el aporte.”
“La figura de los aportes bajo condición permite que las entidades del Estado aporten a los prestadores de servicios públicos domiciliarios inversiones en infraestructura, bienes o derechos, con la condición de que su valor no se incluya en la tarifa cobrada a los usuarios. El prestador se remunerará de todas las actividades, excepto de las de inversión, porque
estas se reflejarán en la contabilidad de la entidad que efectuó el aporte.”