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Viceministerio de Vivienda aclaró disposiciones sobre los trámites, requisitos y cobros no autorizados por la ley en relación con procesos de licenciamiento urbanístico

Escrito por  Sep 29, 2021

A través de una circular, el Viceministerio e Vivienda aclaró que, el cobro por el estudio, trámite y expedición de licencias y de otras actuaciones urbanísticas, se encuentra habilitado solamente para los curadores en aquellos municipios que cuentan con la figura del Curador Urbano, por consiguiente, en las entidades territoriales donde no existe esta figura, el

trámite de licenciamiento y demás actuaciones relacionadas con el mismo, debe efectuarse ante las autoridades municipales o distritales competentes en cuyo caso, dichas autoridades no podrán efectuar ninguna clase de cobro a título de expensas urbanas, ni homologarlo al impuesto de delineación urbana o a cualquier otra denominación que establezcan para el caso, por cuanto carecen de habilitación legal para ello.

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