De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD, la transformación es una reforma estatutaria que busca la adopción de otra forma de sociedad comercial de las reguladas por la ley mercantil, sin que haya solución de continuidad en la existencia de la sociedad como persona jurídica, en sus actividades o en su patrimonio. Respecto de los demás aspectos, podrá existir solución de continuidad, según sea considerado por la sociedad.
Aclarado lo anterior, se agrega que, cualquier sociedad comercial, incluidas las que prestan servicios públicos domiciliarios, pueden transformarse a sociedades por acciones simplificadas. Para ello, se requiere cumplir con las formalidades establecidas para una reforma estatutaria y, en particular, las reglas para la transformación establecidas en el artículo 31 de la Ley 1258 de 2008.
Descargar documento