“Las rentas exentas y deducciones están limitadas al 40% de la renta líquida, lo que las hace crecientes con el nivel de ingreso (hasta un máximo de 5.040 UVT, que solo afecta al 0,1% más pudiente de la población con ingresos). A su vez, el tope del 40% puede excederse en casos particulares dada la existencia de algunas rentas exentas no limitadas dentro de la cédula general”.