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Miércoles, 24 Junio 2026

Edición 1667 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Según lo considerado por esta Sección, la improcedencia de la devolución de sumas pagadas en exceso liquidadas en proyectos de corrección de declaraciones tributarias, que como en el presente caso, sustituyen al denuncio inicial, radica en el inciso segundo del artículo 589 del ET, conforme con el cual, la corrección de las declaraciones que disminuyen el valor a pagar o aumentan el saldo

Para la Sala, en estos casos, “no basta con la contabilidad para soportar los pasivos, sino que deben aportarse los documentos externos que justifican la contabilización, en tanto estos últimos constituyen el soporte básico de las transacciones efectuadas con

La iniciativa presentada ante el Concejo de Bogotá busca promover y entregar beneficios fiscales a los contribuyentes, responsables, agentes retenedores demás obligados en el Distrito Capital. Pude conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

Dado que uno de los objetivos consagrados por la Ley marco de Aduanas, “es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior, para garantizar la dinámica del intercambio comercial, el acceso de los productos y servicios a los mercados internos y externos y la competitividad de los productos y servicios colombianos en el mercado internacional, razón por la cual se hace necesario, realizar unas precisiones en relación con las mercancías de características especiales en el proceso de disposición de mercancías, en la modalidad de venta, con el fin de otorgar mayor certeza jurídica respecto de los documentos que deben acreditarse para efecto de la correcta aplicación de lo previsto en el numeral 7 del artículo 672 de la Resolución 046 de 2019”.

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Para la Sala, “en el caso de la notificación de actos que resuelven recursos, el inciso 2º del artículo 565 del Estatuto Tributario estableció expresamente, la notificación personal, como forma de notificación preferente, y la notificación por edicto como mecanismo supletorio.  Para surtir la notificación personal de las providencias, el inciso en mención parte del envío de una citación al contribuyente para que este,