A través del acto administrativo asignan a los departamentos y distritos del territorio nacional 99.450 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas por el Fabricante Pfizer Inc y BioNTech el 3 de marzo de 2021, para aplicar la segunda dosis al personal que recibió la primera dosis producto de la distribución realizada mediante Resolución 168 del 16 de febrero de 2021.
A través del proyecto normativo se establecería un periodo de alistamiento en el que se deben generar los cambios normativos, operativos y tecnológicos que deberán adoptar los agentes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS para implementar el Sisbén 4 como metodología oficial de focalización en el régimen subsidiado.
El MinSalud aclaró que la función artículo 59 de la Ley 1438 de 2011 es proteger los derechos de los trabajadores en el Sector Salud; el concepto de trabajo digno y decente en los términos definidos por la OIT, el cual puede ser sintetizado en cuatro objetivos estratégicos.
De acuerdo con el concepto del MinSalud cuando se trata de responder civilmente y la EPS se encuentra en liquidación, será ante el agente liquidador de la EPS que deberá solicitar la inscripción de la providencia judicial en firme por medio de la cual declararon a la EPS civilmente responsable de la falla en la prestación del servicio de salud.
A través de una circular el MinSalud estableció que, vez la provisión de un servicio ha sido iniciada este no podrá ser interrumpido por razones administrativas o económicas lo que incluye un proceso de liquidación.