Se establece que las autoridades de transporte competentes podrán implementar el servicio de medios técnicos y tecnológicos que permitan la captura, lectura y almacenamiento de la información contenida en el formato de Informe Único de Infracciones al Transporte, e igualmente podrán implementar medios técnicos y tecnológicos que permitan evidenciar la comisión de infracciones, identificación del vehículo, la fecha, el lugar y la hora y demás datos establecidos en el formato de Informe Único de Infracciones al Transporte
El Consejo de Estado estableció que lo que aquí se juzga guarda directa relación con el hecho consistente en la presunta extralimitación del Primer Mandatario, al ejercer la potestad prevista en el numeral 11 del artículo 189 de la Carta Política, en tanto que por medio de un decreto estableció una limitante relacionada con el número de vehículos, motocicletas y/o embarcaciones a internar dictar derechos de los nacionales residentes en Unidades Especiales de Desarrollo dispuesto por la ley.
El Consejo de Estado estableció que el incumplimiento del contrato para la construcción de las torres de control de los aeropuertos Antonio Roldán Betancur de Carepa (Antioquia), El Alcaraván de Yopal (Casanare) y Alfonso López Pumarejo de Valledupar (Cesar) exige que la Aeronáutica Civil debe pagarle 22 millones de pesos al consorcio Torres y no los 380 millones en los que ese organismo lo había calculado.
A través del acto admirativo se establece que, el ingreso al productor del diésel marino que se distribuya con destino a las embarcaciones de pesca (buques de máxima 380 toneladas de acarreo) que hoy son objeto de cupo de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable, será el 80% del ingreso al productor para el ACPM a nivel nacional
Certificado de Revisión Técnico-mecánica y de emisiones contaminantes virtual es el documento que acredita ante las autoridades que el vehículo automotor cumple con las condiciones de la Revisión Técnicomecánica y de emisiones contaminantes o de Revisión Técnico-mecánica para vehículos eléctricos, en virtud de lo reglado en la Ley 1964 de 2019, establecidas por las Normas Técnicas Colombianas o reglamentos técnicos, previamente adoptados por el Ministerio de Transporte.