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Lunes, 28 Septiembre 2026

Edición 1731 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

La UPME publicó una edición especial de proyección de demanda de energéticos con motivo de la pandemia mundial ocasionada por el Covid 19 en donde se presentan las proyecciones de demanda de energía eléctrica y gas natural de 2020 a 2026 y se estiman sendas de recuperación de demanda de combustibles líquidos.

A través del acto administrativo, se resuelve recurso de reposición y se modifican las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por Codensa S.A. E.S.P.

A través del acto administrativo se oficializan los ingresos anuales esperados para Celsia Colombia S.A. E.S.P. por el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento de la subestación Sahagún, 500 kV, y líneas de transmisión asociadas.

El Consejo de Estado estableció que la actora no era usuario potencial del servicio de alumbrado público y además, no reside ni tiene establecimiento en esa jurisdicción: Toluviejo (Sucre).  La Administración liquidó el impuesto teniendo en cuenta la condición de gran contribuyente de la demandante. No obstante, debió expedir un acto previo en el que determinara la calidad de sujeto pasivo de la demandante, esto es, su calidad de usuario potencial, pues, en esencia, la demandante alega que no consume energía eléctrica en el Municipio.

A través del acto administrativo, la CREG resuelve los recursos de reposición y modifica varias disposiciones sobre el acto administrativo que aprobó las variables requeridas para calcular los ingresos de la actividad de distribución de energía eléctrica de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P.