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Resoluciones

Resoluciones (11)

El proceso de liquidación del Banco del Pacífico, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., deberá concluir a más tardar el treinta (30) de junio de 2025. El término de liquidación señalado en la presente resolución será el plazo máximo dentro del cual se debe

El Gobierno autorizó la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el Hospital Universitario de Sincelejo ESE, la cual será hasta por el término de seis (6) meses, contados a partir del 18 de mayo de 2022 hasta el17 de noviembre de 2022.

El Gobierno autorizó la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar de la ESE Hospital San Rafael de Leticia -Amazonas.

El contenido de Biodiesel en la mezcla con combustible Diesel fósil, que se distribuya por parte de los distribuidores minoristas o que consuman los grandes consumidores en los departamentos de Amazonas, Antioquia, San Andrés, Bolívar y Boyacá, entre otros, se determinará de acuerdo con la tabla contenida en la presente resolución.

El Gobierno autorizó la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Empresa Social del Estado Río Grande de la Magdalena del Municipio de Magangué, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

Quedó establecida la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE de Tumaco. Dicha prórroga será hasta por el término de un (1) año, contados a partir del 23 de septiembre de 2021 hasta el 22 de septiembre de 2022.

El proceso de liquidación del Banco del Pacífico S.A., con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., deberá concluir a más tardar el treinta (30) de junio de 2023. El término de liquidación señalado en la presente resolución será el plazo máximo dentro del cual se debe culminar el proceso liquidatorio y cumplir con los trámites establecidos.

A través del acto administrativo se prorrogar hasta por ocho (8) meses el término para continuar adelantando el proceso de toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Valor confianza.

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Para efectos de la liquidación de la Cuota de Fomento Arrocero durante el segundo semestre del año 2020, ésta se calculará sobre el precio comercial de la venta del kilogramo del producto de producción nacional.

La Superintendencia de la Economía Solidaria comunicará al Agente Especial de la Cooperativa Valor Confianza mediante oficio, la autorización de prórroga que se concede en la presente resolución.