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Resoluciones

Resoluciones (116)

A través de la resolución expedida por la Entidad, “a efectos de dar cumplimiento a la emisión del concepto favorable o desfavorable de parte de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para la administración del contingente para las exportaciones de desperdicios y desechos de chatarra de fundición de hierro o acero y

Quedó establecido que, el Comité de Contratación será la instancia de aprobación previa al interior de la Entidad Ejecutora, de los términos de referencia de los diferentes procesos de adquisición previstos en cada uno de los componentes del Programa Apoyo a la Modernización de la Unidad Administrativa Especial Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales

DIAN levantó la suspensión del término de almacenamiento de que trata el literal a) del artículo 2 de la Resolución 055 de 2020, modificado por los artículos 1 de la Resolución 62 de 2020 y 1 y 2 de la Resolución 079 de 2021, respecto de las mercancías que ingresaron al país antes del 18 de marzo del 2020, el cual se reanudará a partir del 1 de diciembre de 2021

A través de resolución, la para la presentación de la declaración del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE, la DIAN creó el formulario No. 260 “Declaración anual consolidada” por el año gravable 2020 y/o fracción año gravable 2021, con sus anexos y “Patrimonio bruto poseído en el país y en el exterior”, diseño adjunto que forma parte integral de la presente

 “Las coordinaciones y divisiones se podrán conformar mínimo con diez (10) funcionarios, incluido el respectivo jefe. En el momento en que el grupo no cumpla con el número de funcionarios requerido, tanto para la dependencia como para el grupo interno, este último será suprimido mediante acto administrativo, en el cual se dispondrá las condiciones de entrega de los activos de información; salvo cuando la disminución obedezca a comisiones de servicios en otras áreas y el término de esta no exceda de noventa (90) días calendario”.

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“Para la creación de los Grupos Internos de Trabajo, se podrán conformar grupos de trabajo mínimo de diez (10) funcionarios, incluido el respectivo jefe. En el momento en que el grupo no cumpla con el número de funcionarios requerido, tanto para la dependencia como para el grupo interno, este último será suprimido mediante acto administrativo, en el cual se dispondrán las condiciones de entrega de los activos de información; salvo cuando la disminución obedezca a comisiones de servicios en otras áreas y el término de esta no exceda de noventa (90) días calendario”.

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El Acto administrativo la DIAN determinó que la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, a través de su organización interna, apoyará las labores propias del control y fiscalización aduanera, tributaria y cambiaria, y ejercerá el control posterior sobre las mercancías ingresadas al país conforme a las reglas de competencia territorial definidas en la presente resolución. “Los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera pondrán a disposición de la Dirección Seccional cuya competencia territorial en materia aduanera comprenda el lugar en que se efectuó la aprehensión, la mercancía que aprehendan en las vías de comunicación terrestre y en los establecimientos de comercio abiertos al público para que se defina su situación jurídica”.

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A través de acto administrativo, la DIAN Reclasificó la tipología de las siguientes Direcciones Seccionales: Seccional de Aduanas de Bogotá – Aeropuerto El Dorado, tipo III; Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tumaco, tipo I; Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís, tipo I.

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A través de Acto Administrativo, la DIAN Autorizó el funcionamiento permanente de las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas de Inírida, Mitú, Puerto Carreño y San José de Guaviare, delegadas de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio y la Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Pamplona, delegada de la Dirección Seccional de Aduanas de Cúcuta.

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Para efectos de organización interna y estadística, la DIAN codificó las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado de la Entidad, a través del presente Acto Administrativo, para lo cual adoptó definiciones para las expresiones: Identificación de Entrada, Lugar Administrativo y Dependencia. Así mismo, conformó la codificación para la identificación de entrada, los lugares administrativos y dependencias de la Entidad.

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