“El Consejo Territorial de Planeación es una instancia de planeación en las entidades territoriales; tiene un carácter consultivo con autonomía y cumple un papel como foro para discusión del Plan Nacional de Desarrollo. La Ley Orgánica 152/1994 establece un mecanismo institucional para asegurar y garantizar los recursos para el normal funcionamiento de los Consejos
La Entidad indicó que "la Resolución 2133 de 2017, que regula en su artículo 4 la cobertura digital de los predios en los que procede la aplicación excepcional de la Manzana Catastral”, fue expedida con fundamento en el Decreto Distrital 016 de 2013 (funciones de la Secretaría Distrital de Planeación) y el Decreto Distrital 544 de 2007 (Base de Datos Geográfica de la Secretaría
La SDP recordó que, "el parágrafo 2° del artículo 5 de la Ley 505/1999 evidencia una excepción a la estratificación de fincas y viviendas dispersas en zona rural, cuyo cometido es posibilitar una estratificación en merito a “la calidad de la vivienda … en aquellos predios que no se dediquen fundamentalmente a la actividad productiva.”, en esta dimensión y por revestir situaciones
A través del presente concepto, la SDP indicó que "el D.C. cuenta con una actualización de la estratificación urbana y su cartografía mediante el Decreto Distrital 551/2019, allí se dispuso que toda persona o grupo de personas, en cualquier momento, por escrito, puede presentar reclamaciones sobre el estrato urbano o rural que le fue asignado y serán atendidas, en primera instancia
“Los Núcleos Fundacionales Localizados en Unidades de Planeamiento Zonal que a la fecha que no cuentan con reglamentación, en lo relacionado con los usos y tratamiento se rigen por lo dispuesto en el artículo 478 del Decreto Distrital 190 de 2004 y, por tanto, le son aplicables las disposiciones del Acuerdo 6 de 1990 lo que implica que no es viable la aplicación paralela de los dos citados cuerpos normativos (…)” Así lo reiteró la SDP a través del presente concepto.
La SDP aclaró que, el Plan Parcial Tintalito fue adoptado mediante Decreto Distrital 805 del 20 de diciembre de 2018, es decir se expidió posteriormente a esa norma y tampoco se observa en el expediente, según informa la Dirección de Planes Parciales, escrito alguno en que se hubiera acogido de manera expresa al Decreto Distrital 676 de 2018.
De acuerdo con la doctrina publicada por la SDP, se entiende por dominio o propiedad, el derecho real más completo que se puede tener sobre una cosa corporal o incorporal, ya que otorga a su titular las máximas facultades que se pueden predicar sobre un bien. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.
A través de concepto se indicó que “en el marco del Decreto Distrital 845 de 2019, que para poder entregar de manera simplificada las zonas de cesión, se requiere el cumplimiento de los requisitos que señalan en el artículo 10, entre los que se encuentra que “las licencias de urbanización ejecutoriadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2014, no pueden ser objeto de
En el concepto se indica que “el documento técnico de soporte plan de implantación por etapas centro especial de reclusión”, presentado por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, se justifica con la argumentación relacionada con los derechos fundamentales y su conexidad, como son el derecho fundamental a la salud, a la alimentación y a la dignidad humana;
A través del presente concepto se reiteró que, los predios no desarrollados, localizados al interior de los barrios objeto del presente reconocimiento con un área útil mayor a 2.000 metros cuadrados, deberán adelantar proceso de desarrollo de acuerdo con las normas establecidas en el Decreto 734 de 1993 del Alcalde Mayor.”