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Texto del Decreto que establece restricción nocturna de movilidad en Bogotá hasta el 18 de mayo 2021

Escrito por  May 12, 2021

A través del presente Decreto se anuncia la restricción nocturna en el Distrito Capital a la movilidad en el horario comprendido entre las once de la noche (11:00 p.m.) y hasta las cuatro de la mañana (4:00 a.m.), desde el martes 11 de mayo de 2021 hasta el martes 18 de mayo de 2021.

Durante el periodo de restricción se exceptúan las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades: Abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar. Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud. Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales Orden público, seguridad general y atención sanitaria. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera

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Modificado por última vez en Miércoles, 12 Mayo 2021 08:22