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MinAmbiente: CAR’s son responsables de ejercer control y seguimiento a las obligaciones determinadas para el almacenamiento y aprovechamiento de llantas usadas

Escrito por  Sep 25, 2020

De acuerdo con la interpretación jurídica del MinAmbiente, corresponde a la ANLA una vez radicados los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de llantas, evaluarlos, aprobarlos y posteriormente realizar su seguimiento a través del Informe de actualización y avance del sistema, y en virtud de dichas obligaciones, expide los actos administrativos mediante los cuales

imponen medidas preventivas y sancionatorias ambientales por presunta infracción en materia ambiental. De otra parte, corresponde a las CARs, el cumplimiento de las obligaciones específicas a que se refiere la Resolución 1326 de 2017, entre otras, realizar el control y seguimiento a las obligaciones determinadas en los permisos, concesiones y demás autorizaciones ambientales otorgadas a los sitios de almacenamiento y aprovechamiento de llantas usadas.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Septiembre 2020 09:41