El usuario y/o suscriptor pueden presentar peticiones y/o reclamaciones en donde manifiesten su inconformidad con los actos atrás referidos, pues sólo contra esa categoría de actos procede el recurso de reposición ante la empresa prestadora y el de apelación, como subsidiario del de reposición, ante esta Superintendencia, quien, en condición de superior funcional en segunda instancia, tendrá la competencia para establecer si el acto se ciñó a lo legal y contractualmente establecido.