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Texto de la sentencia que anuló decisión arbitral internacional por violación del procedimiento acordado entre el CONSORCIO CUC-DTC y GECELCA

Escrito por  Jun 03, 2020

Con salvamento de voto del magistrado Guillermo Sánchez, la Sección Tercera del Consejo de Estado con ponencia de la magistrada Adriana Marín, estudió por primera vez un recurso contra  un laudo internacional. La providencia anuló el laudo arbitral internacional final del 4 de diciembre de 2017, entre CONSORCIO CUC-DTC” y GECELCA, porque las partes no llegaron a un acuerdo al respecto dentro del término legal.

Para la sala, el consorcio y GECELCA 3 S.A.S. E.S.P. no acordaron cuál sería el trámite para las solicitudes de corrección, interpretación y/o adición del laudo, ni tampoco establecieron un término para presentar dichas solicitudes. El RAI de la Cámara de Comercio de Bogotá, sí regula en el artículo 3.35 lo relativo al trámite y decisión de esas peticiones. Como consecuencia, debió darse aplicación a lo estipulado en la mencionada norma, toda vez que en los párrafos 36 a 38 de la orden de procedimiento n.° 1 del tribunal, se determinó que al arbitramento le serían aplicables las normas.

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