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La prestación del servicio público de aseo y limpieza de áreas publicas debe continuar durante el estado de emergencia sanitaria

Escrito por  May 27, 2020

La SSPD es clara al precisar que, mientras no exista normas que suspendan, cambien o modifiquen las obligaciones legales y contractuales de los prestadores de servicios públicos domiciliarios estos deberán continuar con el cumplimiento de las misma, acatando las medidas sanitarias expedidas por las autoridades nacionales y locales.

En tal sentido, las personas prestadoras del servicio público de aseo en las actividades de recolección y transporte de residuos no aprovechables deberán realizar el lavado de áreas públicas de alto tráfico peatonal como mínimo con una frecuencia semanal, en articulación con el municipio y/o distrito respectivo. Así mismo, Las personas prestadoras del servicio público de aseo en las actividades de recolección, barrido y limpieza de vías y áreas públicas deberán durante la aplicación de la presente resolución, incrementar las frecuencias de prestación cuando los entes territoriales establezcan que es necesario, como medida para afrontar la emergencia sanitaria del COVID-19.

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