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Rama Judicial no estará obligada a reparar a deudora del UPAC que perdió su vivienda

Escrito por  Jun 08, 2020

El Consejo de Estado exoneró a la Rama Judicial de responsabilidad patrimonial, frente a los perjuicios que sufrieron dos deudoras del sistema de Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), por un proceso ejecutivo que terminó con el remate de su vivienda.

La alta corte negó las pretensiones, al concluir que en este proceso ejecutivo no se incurrió en un error judicial. A su juicio, no era irracional que los jueces continuaran con los procesos ejecutivos de los deudores del UPAC que se encontraran en mora al 31 de diciembre de 1999, pues la Corte Constitucional y la Corte Suprema habían abierto esa posibilidad en la época en la que se produjo el fallo de este proceso ejecutivo, en septiembre del 2003.

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