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CRA aclara dudas sobre la formalización para poder prestar el servicio de aprovechamiento

Escrito por  Jul 17, 2020

Las personas prestadoras del servicio público de aseo en la actividad de aprovechamiento se deberán registrar ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD).

 Para efectos de la prestación y remuneración vía tarifa, la persona prestadora deberá responder por la actividad de aprovechamiento de forma integral que incluye: la recolección de residuos aprovechables, el transporte selectivo hasta la estación de clasificación y aprovechamiento (ECA), y la clasificación y pesaje de los residuos en la estación de clasificación y aprovechamiento (ECA).

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Modificado por última vez en Jueves, 18 Febrero 2021 20:19