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SuperSociedades precisa cuándo se requiere autorización laboral para la disminución de capital por obligaciones prestacionales

Escrito por  Oct 15, 2026

La Superintendencia de Sociedades explicó el alcance de las obligaciones laborales en procesos de disminución de capital. Aclara que el calificativo "causadas y vencidas", introducido en su Circular Básica Jurídica 100-000020 de 2026, no es un requisito adicional al Código de Comercio, sino una precisión interpretativa. Indica que solo las deudas por prestaciones sociales que sean simultáneamente causadas y exigibles (vencidas) activarán la aprobación previa del Ministerio del Trabajo, descartando que obligaciones solo "causadas" o "no exigibles" la requieran. La medida se fundamenta en las facultades de instrucción de la entidad y rige desde su publicación, sin alterar competencias ministeriales.

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Modificado por última vez en Miércoles, 14 Octubre 2026 19:52